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Preguntas de los lectoresLa Atalaya 1951 | 15 de julio
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Preguntas de los lectores
● En vista de los peligrosos últimos días en que vivimos, ¿sería correcto que matrimonios usaran contraceptivos? También, si se produce la concepción, ¿sería permisible el aborto?—Basadas en preguntas parecidas que nos han llegado de diferentes lectores.
No estamos autorizados ni por la ley del país ni por la Palabra de Dios para aconsejar sobre contraceptivos. La responsabilidad por su uso debe descansar con los que deciden de acuerdo con su conciencia que pueden usarlos, y su justo juicio debe descansar con el Dios a quien ellos sirven, y no con nosotros. Si matrimonios en la verdad desean tener hijos o no, es cosa que ellos deben decidir, no nosotros. Cada matrimonio debe considerar sus propias circunstancias y sus propios propósitos en mira, y decidir el asunto y adoptar un curso y luego tomar la responsabilidad ante Dios por tal curso y sus consecuencias. Pero inequívocamente sostenemos que el propósito del matrimonio ante Dios es la producción de hijos, y por esto si cualesquier matrimonios quieren hijos ahora, antes del Armagedón, eso es perfectamente correcto y nadie debe criticarlos por hacerlo así, de tal modo metiéndose en sus asuntos. Tampoco nadie debe ser criticado por no tener hijos, ni debemos entremeternos en cuanto a su razón por no tenerlos. Asuntos maritales privados no les atañen a los entremetidos.
Los niños no deben ser considerados como estorbo para servir a Dios y por esto no quererlos. Si fuera así, Pablo no hubiera escrito, “Ella se mantendrá segura mediante el engendramiento de hijos.” Ni hubiera aconsejado a mujeres bajo ciertas circunstancias a que ‘dieran a luz hijos’. (1 Tim. 2:15; 5:14, NM) Bajo condiciones parecidas aplica su consejo hoy día. Si los niños vienen de la manera natural de acuerdo con el matrimonio humano que Dios instituyó, entonces deben ser bien recibidos, aun ahora, antes de que se vuelva a emitir el mandato divino a los sobrevivientes del Armagedón. Usted está agradecido por haber sido traído a la vida, aun en este presente mundo malo, y sus hijos también podrán estar agradecidos por la misma razón.
El que aconsejáramos nosotros abortos sería una violación de la ley del país. Más aún, sostenemos que los abortos en sí son contrarios a la Palabra de Dios. Cada individuo debe cargar todo el peso de responsabilidad por tal curso. Estamos obligados a decir que de acuerdo con el pacto de Dios con los israelitas el fruto del seno era una señal de su bendición, mientras que la esterilidad era una maldición. (Lev. 26:9; Deu. 28:4, 11, 18, 63; Sal. 127:3-5) Y debemos advertir que Dios tiene gran consideración por la vida de un niño no nacido aún y por la vida de la preñada. La dura responsabilidad sobre los que ponen en peligro aun accidentalmente la vida del niño por nacer o la vida de la mujer preñada se muestra en la Ley mosaica, en Éxodo 21:22-25: “Cuando riñeren hombres y uno de ellos diere un golpe a mujer preñada, de modo que aborte, sin que suceda daño, será ciertamente multado conforme a lo que impusiere el marido de la mujer, lo cual pagará según determinen los jueces. Mas si resultare daño, darás vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe.”
El esposo y presunto padre era principalmente afectado, y por eso el esposo de la mujer pedía una multa por daño transitorio; pero donde la vida del niño o la vida de la mujer se perdía, entonces el responsable debería pagar con su vida. Ahora bien si tal obstrucción accidental en el curso natural de acontecimientos con respecto a una mujer preñada era asunto de tal consecuencia seria, ¿no consideraría usted la obstrucción deliberada ser merecedora de aun mayor condenación? Y aunque no estamos bajo la Ley mosaica ahora, no hay razón para creer que el parecer de Dios relativo a la santidad de las vidas Implicadas en tales casos haya cambiado. En tales asuntos los principios cristianos generalmente demandan más en vez de menos.—Mat. 5:38-42.
De modo que la Sociedad Wátchtower no puede implicarse dando consejo donde puede haber daño o pérdida de vida, ya sea para el niño por nacer o para la madre preñada. Los abortos son acompañados de peligro por hemorragias e infección y pueden resultar en el daño permanente o en la muerte de la mujer. Interrumpe el desarrollo de un embrión que de otra manera se desarrollaría hasta el nacimiento normal como un bebé humano, de acuerdo con el arreglo creativo de Jehová Dios. Consideramos sin ninguna fuerza e inmateriales los argumentos de que la edad del embrión o el feto es un factor que determina la rectitud o la injusticia del aborto, puesto que Dios no señaló ningún requisito o limitación en su ley expresada en Éxodo 21:22-25. Aunque bajo la antigua ley del hombre el delito de aborto se cometía en caso de que hubiera la primera señal de vida que da el feto en el vientre de la madre, la ley moderna por estatuto se acerca más a la regla bíblica. “Generalmente se convierte en delito ya sea cometido antes o después de la primera señal de vida que da el feto.”—Summary of American Law (Resumen de ley estadounidense), Clark, página 122.
Todo este asunto es algo muy serio, que cada matrimonio debe considerar cuidadosamente, y luego ordenar su curso de acción para agradar al Altísimo Dios. El problema es de ellos, la decisión de ellos, y las consecuencias que resulten son de ellos. No pueden hacer que la decisión y responsabilidad implicadas en todo esto recaigan en otros individuos o en la Sociedad Wátchtower. En estos asuntos “cada quien llevará su propia carga de responsabilidad”.—Gál. 6:5, NM.
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PERÍODO DE TESTIMONIO “CONOCIMIENTO DADOR DE VIDA”
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VERSIÓN AUTORIZADA DE LA BIBLIA
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CORRECCIÓN
En La Atalaya del 15 de mayo de 1951, página 319, en la respuesta a la segunda pregunta se dice que Jacob bendijo a Judá “con la promesa especial concerniente al cetro y Siloé”. Debería haber dicho “Shiloh” o “Siló”.
DEFENDIENDO Y LEGALMENTE ESTABLECIENDO LAS BUENAS NUEVAS
Es bien conocido de todos el registro de la pelea que los testigos de Jehová han tenido por mantener la libertad de verdadera adoración. Sus batallas legales en las cortes durante los pasados años han resultado en muchas victorias no sólo en el propio beneficio de ellos sino también en el beneficio de todos los ciudadanos para ejercer sus derechos civiles, y establecer como ley el derecho de adorar y predicar como Dios ha mandado. Cómo esas libertades han sido defendidas, establecidas y escritas en la ley del país se pone de manifiesto en el folleto de 96 páginas Defendiendo y legalmente estableciendo las buenas nuevas (sólo en inglés). Ha sido provisto con el fin de preparar y equipar al verdadero adorador para defender su derecho legal y obligación dada por Dios de dar a conocer las “buenas nuevas del reino”. Se presentan decisiones recientes de las cortes, el procedimiento al ser arrestado, el juicio, la apelación y la repregunta. ¿Está Ud. interesado en preservar estas libertades para el bienestar de toda clase de hombres? Siendo así, entonces Ud. necesita y debería tener este folleto. Este lo capacitará a estar firme en la libertad de la Palabra de Dios. Se envía por una contribución de 10 centavos (dinero de E.U.A.).
ESTUDIOS DE “LA ATALAYA”
Semana del 19 de agosto: Tormentos del hombre rico.
Semana del 26 de agosto: Ningún alivio para el rico, pero consuelo para el pobre.
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