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    La Atalaya 1961 | 1 de agosto
    • matrimoniales de acuerdo a las Escrituras. Las relaciones sexuales inmorales después de un divorcio sobre base no bíblica agrega algo, no para revocar la decisión del divorcio que se concedió sobre bases no bíblicas, sino para confirmar el divorcio y hacerlo de mayor alcance. Mediante el adulterio posterior al divorcio se ha introducido algo nuevo que no aparecía al tiempo del juicio de divorcio cuando los términos del pleito de divorcio se establecieron por el que buscaba el divorcio y que contaban con el consentimiento o condescendencia del cónyuge de quien se divorciaba. De este modo un nuevo factor se ha agregado desde el divorcio para validar, no para rescindir, la decisión del divorcio. Esto aplica aunque el que procuró el divorcio sea el que cometa el adulterio después del divorcio.

      El adulterio antes del divorcio no disuelve el vínculo matrimonial de por sí. Las relaciones sexuales pueden continuar entre los que están legalmente casados aun después de tal adulterio anterior al divorcio. Hasta que se decidiesen dar y se dieran los pasos para entablar juicio de divorcio todas las relaciones sexuales entre el matrimonio legalmente casado después de haber cometido adulterio el esposo infiel disiparían el adulterio como base para la demanda de divorcio que se iniciara en contra del cónyuge adúltero.

      Sin embargo, el que consiguió el divorcio, ahora por su adulterio posterior al divorcio introduce un elemento efectivo en la situación, un elemento con que él mismo no había contado de antemano cuando pidió el divorcio en contra de su esposa inocente. Él ahora introduce el adulterio, que gravita en el asunto aunque este adulterio sea de su propia parte. Por este adulterio posterior al divorcio él ahora pone en manos de la mujer divorciada inocente algo bíblicamente válido que ella puede sostener y aplicar en contra del que se divorció de ella. En estas circunstancias ella no necesita ahora pedir el divorcio puesto que ya hay un divorcio legal en vigor que los ha separado según la ley. Pero ahora el elemento adulterino hace bíblica la separación y realmente logra la disolución de todos los lazos matrimoniales, y esto ante Dios y su congregación cristiana así como también ante la ley del país. Con respecto al divorcio no bíblico este efecto no era el caso antes de tal divorcio por cuanto la mujer era aún la esposa del cónyuge adúltero debido al entonces existente matrimonio legal.

      En este caso en que a la congregación no se le notificó privadamente por anticipación de ninguna otra base para el divorcio, ninguna base realmente bíblica motivando el divorcio, el divorcio tiene que sujetarse a los términos del divorcio en los cuales se hizo la demanda. Un divorcio permanece, sobre la base que se consiguió, no sobre alguna posibilidad imaginaria de lo que pudiera haberse hecho con la base de un conocimiento más cabal. Por lo tanto no puede permitirse ninguna acción retroactiva más allá de lo que son realmente las bases estipuladas para el divorcio, con el propósito de modificar el alcance y efecto del divorcio para que armonice con el conocimiento adicional o descubrimiento de evidencia incriminadora. El apegarse estrictamente de este modo a los términos del divorcio impide que se lleve a cabo cualquier confabulación por la pareja divorciada que podría ponerse de acuerdo para forjar algo válido que pudiera librarla o desembarazarla de las ajustadas restricciones impuestas sobre ella debido a la condición no bíblica de su divorcio.

      Las duras consecuencias del divorcio no bíblico pesan tanto sobre el que se divorcia como sobre el cónyuge de quien se divorcia. Por lo tanto las consecuencias duras de un divorcio no bíblico deberían resaltar como una amonestación a cualquiera que piense divorciarse y hacerle considerar primeramente las limitaciones, restricciones y peligros que resultarían de su proceder no bíblico tanto para sí mismo como para su cónyuge inocente. No es la prerrogativa ni obligación de la congregación cristiana aliviar a la pareja divorciada de las arduas consecuencias de su divorcio no bíblico. En su inclinación hacia la misericordia la congregación cristiana no deberá sobrepasarse de lo que está escrito en la Palabra de Dios e intentar una revocación de la situación haciendo algo que no está autorizada a hacer. El hombre que exige un divorcio no bíblico se hace muy responsable hacia la cónyuge inocente, que no merece tal tratamiento, por cuanto hace la vida y proceder posterior al divorcio de ella muy duros con respecto a la moralidad. Si la divorciada inocente se desvía, la congregación cristiana no es primariamente responsable al no sancionar sus segundas nupcias antes de la muerte o adulterio posterior al divorcio de su esposo anterior. El egoísta que procuró el divorcio es el responsable, de acuerdo con las Escrituras. Todo lo que legítimamente puede hacer la congregación es ayudarla a crecer en corrección moral como cristiana por medio de extenderle toda la ayuda espiritual posible.

      El esposo infiel, debido a su adulterio, del cual no se arrepintió antes del divorcio, podría ser expulsado por la congregación cristiana de la cual quizás sea miembro bautizado. Al ocultar su adulterio de su esposa y de la congregación podrá demorar su expulsión por algún tiempo. Si además de su adulterio oculto da los pasos para divorciarse de su esposa inocente, entonces muestra que no se ha arrepentido de su adulterio. Tampoco tiene él el perdón de su esposa por ello. Por lo tanto tiene que ser expulsado por la congregación cuando se llegan a conocer los detalles del caso. Al mal que ha cometido en contra de su esposa por su adulterio que ha ocultado de ella él empedernidamente agrega el daño de iniciar juicio para divorciarse de ella en su inocencia. Por su inmundicia moral, de la cual su proceder hipócrita y desamorado muestra que no se ha arrepentido, tiene que ser expulsado de la congregación cristiana sobre la base de la evidencia presentada ante el comité Judicial de la congregación.

  • Textos diarios para septiembre
    La Atalaya 1961 | 1 de agosto
    • Textos diarios para septiembre

      Manteniéndonos despiertos como esclavos aprobados.—Luc. 12:37.

      1 No hay distinción entre judío y griego, puesto que hay el mismo Señor sobre todos.—Rom. 10:12. A 15/12/60 18

      2 “Cualquiera que invoque el nombre de Jehová será salvo”. Sin embargo, ¿cómo invocarán a aquel en quien no han puesto su fe? ¿Cómo, en cambio, pondrán su fe en aquel de quien no han oído?—Rom. 10:13, 14. A 1/10/60 15a

      3 Oh ángeles suyos, poderosos en potencia, que llevan a cabo su palabra, escuchando la voz de su palabra. Bendigan a Jehová, todos los ejércitos suyos, ministros suyos, que hacen su voluntad.—Sal. 103:20, 21. A 15/2/60 2-4b

      4 La mujer fue cabalmente engañada y vino a estar en transgresión.—1 Tim. 2:14. A 1/5/61 22-24

      5 Ninguno de los que tienen relaciones con [la mujer extraña] volverá, ni obtendrá de nuevo las sendas de los que viven.—Pro. 2:19. A 15/5/61 13

      6 Ciertos hombres se han introducido disimuladamente... que convierten la bondad inmerecida de nuestro Dios en una excusa para la conducta relajada.—Jud. 4. A 1/6/61 17, 19a

      7 Sean obedientes a aquellos que los están gobernando y sean sumisos.—Heb. 13:17. A 15/8/60 13a

      8 Ahora bien, cuando Jesús terminó estos dichos, el efecto fue que las muchedumbres quedaron atónitas de su modo de enseñar.—Mat. 7:28. A 1/9/60 15-17

      9 Despierten de manera justa al estado sobrio y no practiquen el pecado, porque algunos no tienen conocimiento de Dios.—1 Cor. 15:34. A 15/11/60 17, 18

      10 Acuérdense de aquellos que los están gobernando, los cuales les han hablado la palabra de Dios a ustedes, al contemplar los resultados de su conducta imiten la fe de ellos.—Heb. 13:7. A 15/7/60 13, 14a

      11 El hombre encolerizado suscita contienda.—Pro. 15:18. A 1/8/60 10-12a

      12 Estoy lleno, ahora que he recibido . . . las cosas de parte de ustedes, un olor fragante, un sacrificio aceptable, bien agradable a Dios. —Fili. 4:18. A 1/11/60 14a

      13 Amados, . . . estoy despertando sus facultades de pensamiento claro a modo de recordatorio, para que recuerden las palabras que hablaron previamente los santos profetas y el mandamiento del Señor y Salvador.—2 Ped. 3:1, 2. A 15/1/61 8, 9a

      14 ¿Quién es verdaderamente el esclavo fiel y discreto, a quien su amo asignó sobre sus domésticos para darles el alimento al debido tiempo?—Mat. 24:45. A 1/12/60 13

      15 “Ustedes son mis testigos,” es la declaración de Jehová.—Isa. 43:10. A 1/4/61 36

      Explicación para el encuentro del comentario sobre estos textos: Los números a continuación de la fecha de La Atalaya se refieren a los párrafos en el primer artículo del estudio. Cuando hay una “a” después del número del párrafo, el comentario se hallará en el segundo artículo del estudio; cuando se muestra una “b,” se refiere al tercer artículo del estudio.

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    La Atalaya 1961 | 1 de agosto
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      MINISTERIO DEL CAMPO

      La obra pacífica, feliz y fructífera de predicar las buenas nuevas del reino de Dios aumenta día por día en todas partes del mundo. Los testigos de Jehová seguirán llevando a cabo esta obra durante agosto por medio de visitar a la gente en sus hogares y ofrecerle el libro De paraíso perdido a paraíso recobrado, junto con un folleto, por la contribución de 75c (dinero de E.U.A.).

      ESTUDIOS DE “LA ATALAYA” PARA LAS SEMANAS

      10 de septiembre: El lugar de la congregación en la adoración verdadera. Página 457.

      17 de septiembre: La congregación en el tiempo del fin. Página 464.

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