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  • ¿Acostumbra usted quedarse con lo que halla?

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  • ¿Acostumbra usted quedarse con lo que halla?
  • La Atalaya. Anunciando el Reino de Jehová 1975
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La Atalaya. Anunciando el Reino de Jehová 1975
w75 1/4 págs. 220-221

¿Acostumbra usted quedarse con lo que halla?

¿CÓMO reacciona usted cuando halla algo valioso que alguien ha perdido?

¿Surge en usted al instante una sensación de posesión, haciendo que usted despida todo pensamiento de devolverlo, con una filosofía de ‘derecho es de cada cual quedarse con lo que halla’?

O quizás usted no adopta un punto de vista tan insensible. Entonces, ¿comienza usted a buscar explicaciones justificativas para no devolverlo, viniéndole ideas como: ‘Después de todo, si la persona no hubiese sido tan negligente no lo hubiera perdido,’ o, ‘No sé quién sea el dueño. No es responsabilidad mía averiguar... además, es demasiada molestia’?

Es muy fácil que cualquier persona piense de esta manera. Pero, ¿cómo ve Dios este asunto de devolver artículos perdidos?

Podemos averiguarlo examinando la ley que él dio por medio de Moisés que trata de esta misma circunstancia. Dice: “Cuando veas extraviado el buey u oveja de un compatriota, no te desentiendas de él sino devuélveselo. Si el dueño no es un vecino cercano y no sabes quién es, recoge el animal en tu propia casa y guárdalo hasta que él lo reclame, y entonces devuélveselo. Haz lo mismo con su asno o su capa o cualquier otra cosa que haya perdido tu compatriota, si lo hallas. No puedes desentenderte de ello.”—Deu. 22:1-3, The New English Bible.

En el caso de animales perdidos, le costaría algo de su propio bolsillo a la persona que lo hallara para alimentar al animal hasta que apareciera su dueño, pero esto no era excusa para quedarse con el animal o dejarlo vagar como perdido, quizás para ser hurtado o atacado por perros o animales salvajes.

Por otra parte, ¿qué sucedía si el individuo que hallaba el artículo lo ponía con sus propias posesiones y no lo devolvía? Si era atrapado y hallado culpable, se le consideraba como ladrón. La ley decía: “En cuanto a cualquier caso de transgresión, respecto de un toro, un asno, una oveja, una prenda de vestir, cualquier cosa perdida de la cual él diga: ‘¡Ésta es!’ la causa de entrambos ha de venir al Dios verdadero. Aquel a quien Dios declare inicuo ha de hacer compensación doble a su prójimo.”—Éxo. 22:9; compare con Éxodo 22:1, 4.

Un caso de esta clase se presentaría ante los ancianos de la población, que obraban como representantes de Dios al juzgar estos asuntos. Mediante investigación ellos descubrirían los hechos, luego aplicarían la ley. Por lo general, los artículos perdidos que se encuentran en posesión ajena pueden ser identificados por ciertas marcas y peculiaridades, y por testigos que conocen el objeto. En las comunidades más pequeñas de Israel esto habría sido especialmente cierto.

Si se descubría que un hombre estaba reteniendo algún objeto que había hallado, ¿cómo se le podría acusar correctamente de ladrón? ¿Cómo sabrían los jueces que no estaba reteniéndolo simplemente hasta que apareciera su dueño? Por el hecho de que no había suministrado notificación apropiada y no había hecho suficiente esfuerzo por localizar al dueño. La persona honrada habría notificado a los ancianos de la población así como a otros que él había hallado cierto artículo y lo estaba reteniendo para el dueño. Entonces el guardador del artículo estaría libre de acusación.

Sin duda, si se habían hecho esfuerzos apropiados por hallar al dueño y el que había encontrado el artículo había esperado un tiempo razonable, se le habría permitido vender el artículo o deshacerse de él de otra manera.

CUÍDESE DE LA TENTACIÓN

Una persona que normalmente no hurtaría puede ser tentada al hallarse un artículo perdido. Puede hacerse codiciosa y realmente caer en la categoría de ladrón. Dios considera que la persona que hace eso está pecando no solo contra el dueño del artículo, sino también contra Dios mismo. Cuando la conciencia de un individuo hace que se dé cuenta de lo que ha hecho, rápidamente debe enderezar los asuntos con la persona ofendida y orar a Dios por perdón.—Mat. 5:23, 24.

¿Cuál es el rasgo de la personalidad que motiva a una persona que encuentra algo y egoístamente se queda con ello sin hacer un esfuerzo discreto pero cabal para restaurarlo a su dueño, o que exige una recompensa? LA CODICIA. Y las personas codiciosas no recibirán vida eterna de Dios.—1 Cor. 6:10.

HAGA ESFUERZOS POR HALLAR EL DUEÑO

“Quizás alguien pregunte: ‘¿A qué grado debo esforzarme por hallar al dueño de un artículo perdido?’ Note la siguiente experiencia de un testigo de Jehová que da un buen ejemplo:

Un señor de San Francisco perdió una cartera que contenía 395 dólares al salir de un taxi en la ciudad de Nueva York. Un testigo de Jehová la encontró. Telefoneó al hotel de Nueva York donde la información que consiguió de la cartera indicaba que el señor estaba alojado. No obstante, el señor había salido para Londres. De papeles de reservaciones que se hallaron, el Testigo pudo localizarlo en Londres por teléfono de larga distancia. Después de la conversación telefónica, en la cual el dueño expresó su gratitud, la cartera con su contenido menos únicamente el costo de franqueo fue enviada por correo al lugar de negocio del señor en San Francisco.

Artículos que uno encontrara rara vez serían tan valiosos como éste. Sin embargo, aplica el principio que Jesús declaró: “La persona fiel en lo mínimo es fiel también en lo mucho, y la persona injusta en lo mínimo es injusta también en lo mucho. Por lo tanto, si ustedes no han demostrado ser fieles en lo que tiene que ver con las riquezas injustas, ¿quién les encomendará lo que es verdadero? Y si no han demostrado ser fieles en lo que tiene que ver con lo ajeno, ¿quién les dará lo que es para ustedes mismos? Ningún sirviente de casa puede ser esclavo de dos amos; porque, u odiará al uno y amará al otro, o se adherirá al uno y despreciará al otro. No pueden ser esclavos de Dios y de las riquezas.”—Luc. 16:10-13.

Aunque el devolver un artículo perdido por lo general es un asunto pequeño, verdaderamente envuelve las preguntas: ¿A quién o a qué sirvo como mi Dios? y, ¿Hago a otros como quiero que ellos me hagan a mí?—Mat. 7:12.

En cuanto a recompensa o galardón, la persona honrada no quiere lo que le pertenece a otra persona. Hay mayor galardón en tener una buena conciencia, con felicidad. “Felices son los que observan lo justo, que hacen justicia todo el tiempo.” (Sal. 106:3) Además, si no se hace un espíritu de fariseísmo, nuestra honradez puede recomendar a la otra persona la verdad de la Palabra de Dios, con sus excelentes principios. Es una de las maneras por las cuales podemos “poner de manifiesto la verdad,” así “recomendándonos a toda conciencia humana a la vista de Dios,” como ministros de él.—2 Cor. 4:2.

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