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Los testigos de Jehová en SiriaLa Atalaya 1952 | 1 de julio
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sino que la policía la llevó al autobús, la colocó en un asiento y esperó hasta que salió el autobús para estar seguro de que se iba en él. A la policía y otras autoridades responsables se les dió un testimonio cabal respecto al índole verdadero de nuestra obra.
A principios del año el siervo de sucursal y otros tres hermanos hicieron un viaje de 750 millas por toda Siria, yendo hacia el norte casi hasta la frontera turca. Personas interesadas aisladas fueron visitadas y en varias ciudades y pueblos se pronunciaron discursos en casas particulares. Se hizo un buen examen del campo sirio, el cual reveló el enorme trabajo que todavía hay que hacer para hallar y alimentar a las “otras ovejas”. Casi al fin de su viaje, mientras estaban en cierta aldea, el grupo fué arrestado, indagado y detenido veinticuatro horas. Durante este tiempo se preparó para el gobierno un largo informe escrito acerca de ellos y su organización, y esto después que las autoridades hubieron examinado la literatura cuidadosamente. Después de todas las interrupciones e investigaciones, el gobierno sirio debería saber algo ahora, si no lo sabía antes, acerca del trabajo y la organización de los testigos de Jehová.—Del 1952 Yearbook of Jehovah’s Witnesses.
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Preguntas de los lectoresLa Atalaya 1952 | 1 de julio
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Preguntas de los lectores
● ¿Tienen los tribunales del país el derecho de imponer la pena de muerte a los culpables de asesinato?—M. W., Wáshington.
Ningún individuo de sí mismo tiene el derecho de ejecutar a otra persona debido a que aquélla ha cometido un asesinato. Sin embargo, no diríamos que la comunidad no podría hacerlo, obrando mediante sus tribunales de ley jurídicamente constituídos. Si a una persona se le ha concedido un juicio imparcial, y evidencia irrefutable ha sido presentada al efecto de que esa persona es un asesino, entonces parece que la comunidad debe emplear alguna acción para proteger a sus ciudadanos. Siempre hemos dicho que las cárceles no son el medio de castigo de Jehová, de modo que no seríamos muy consecuentes si arguyéramos que estaría más en armonía con la ley de Jehová el que el asesino fuera encarcelado perpetuamente que ejecutado. La ley de Jehová era que el asesino debería ser castigado con la muerte, no con encarcelamiento. Si una persona es homicida, habiéndose él mismo confesado culpable del asesinato o si se ha probado que lo es sin ninguna sombra de duda, entonces la comunidad debe actuar contra el individuo, en vez de dejarlo libre para que cometa más crímenes.
En 1 Pedro 4:15 el apóstol dijo: “Que ninguno de ustedes sufra como homicida o ladrón o malhechor ni como entremetido en los asuntos de otras personas.” (NM) Luego el apóstol explica que si sufrimos como cristianos no debemos sentir vergüenza. Las palabras de Pedro parecen denotar que era correcto que un asesino sufriera por su crimen, y sabemos cuál era la pena desde el punto de vista de Dios, a saber, la muerte, y no encarcelación. Pedro no arguye que un asesino no debería sufrir simplemente porque ningún hombre estaba presente para obrar como un ejecutivo designado por Jehová. En los días de Pedro las autoridades debidamente constituídas de la comunidad eran las que imponían el sufrimiento o castigo sobre el asesino, y Pedro no se opone de manera alguna a esta práctica.
El apóstol Pablo también parece ser de la misma actitud, sólo que la expone aun más claramente. Hechos 25:10, 11 (NM) declara: “Pablo dijo: ‘Estoy de pie delante del tribunal de César, donde debo ser juzgado. No he hecho ningún mal a los judíos, como también usted se está enterando bien. Si, por una parte, realmente soy malhechor y he cometido algo que merece la muerte, no ruego que se me exima de la muerte; si, por otra parte, ninguna de esas cosas de las que estos hombres me acusan existe, ningún hombre puede entregarme a ellos a manera de favor. ¡Apelo a César!’” Sírvase notar que aquí mientras estaba de pie delante del tribunal de César, la autoridad debidamente constituida de la comunidad, y no un ejecutor designado por Jehová Dios, Pablo declaró que si había hecho algo que mereciera la muerte, él no pediría que no se le matara. Por seguro esto parece significar que Pablo consideró que las autoridades civiles propiamente constituidas tenían autoridad para imponer la sentencia de muerte. En vez de argüir que tal tribunal humano no tenía esta autoridad, parece que él indicó que si tenía la autoridad y que él no se opondría al ejercicio
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