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  • La cuestión en Alaska: ¿de quién es la tierra?
  • ¡Despertad! 1970
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  • Reclamaciones de tierra por los nativos
  • La posición del Estado
  • La “congelación de tierras”
  • Incertidumbre sobre el futuro
¡Despertad! 1970
g70 8/1 págs. 24-26

La cuestión en Alaska: ¿de quién es la tierra?

Por el corresponsal de “¡Despertad!” en Alaska

EN UN país de 151.762.500 hectáreas y solo 250.000 habitantes, ¿cómo pudiera ser posible que hubiese un problema por la tenencia de la tierra? No obstante, lo hay. Para entender a grado cabal la cuestión, uno tiene que apreciar la región envuelta así como la verdadera naturaleza del territorio.

La superficie de Alaska equivale a una quinta parte del tamaño de todos los otros estados continentales de los Estados Unidos juntos. Y lejos de ser una región de nieve y hielo perpetuos como algunos la han representado, casi todo el estado, salvo las regiones montañosas, está libre de nieve durante el verano. No es raro que haya temperaturas de 26 a 37 grados centígrados sobre cero, particularmente en la región de Fairbanks. Hasta se han registrado temperaturas de 38 grados.

Los estudios sugieren que el futuro de la agricultura en Alaska es sumamente prometedor. Agregue a eso la riqueza mineral que se ha descubierto —carbón, hierro, cobre, oro— así como los depósitos de gas y de petróleo que se descubrieron recientemente en la ensenada Cook y las zonas de North Slope. Luego incluya los recursos de los bosques y los mares circunstantes, y uno empieza a comprender las riquezas tremendas de Alaska.

¿Sorprende algo el que el ser dueño de una tierra tan rica haya llegado a ser una cuestión agitada? ¿Deben ser dueños de la tierra los nativos de Alaska, es decir, los diversos grupos aborígenes como los nativos de las islas Aleutianas, los esquimales y los indios? ¿O debe ser el Estado de Alaska el dueño soberano? ¿O debe el gobierno federal poseer título de propiedad en parte, por medio de su Departamento de Administración de la Tierra?

Reclamaciones de tierra por los nativos

Bajo el arreglo presente, a los grupos nativos se les permite vivir en la tierra y sacar sustento de ella, pero no se les permite tenencia legal de ella. Lo que alegan estos grupos es que tienen el derecho de poseer, desarrollar y administrar tierra que sus antepasados han “usado y ocupado desde tiempos inmemoriales.” Estas tierras reclamadas implican 117.363.000 hectáreas del total de 151.762.500 hectáreas de Alaska.

Los nativos de Alaska piden tanto título de propiedad cabal de la tierra que reclaman como compensación por las zonas reclamadas que se les han quitado. El título de propiedad cabal les permitiría usar las tierras de la manera que quisiera cualquier dueño.

El desarrollo de estas reclamaciones ha envuelto la investigación del origen de la tenencia de la tierra, remontándose al tiempo en que, por el Tratado de Cesión (1867), la Rusia zarista transfirió Alaska a los Estados Unidos por el precio de venta de 7.200.000 dólares. En aquel tiempo hubo muchos que consideraron exorbitante este precio por un “desierto congelado.” El zar, como soberano absoluto de Rusia, tenía investido en él el poder de extinguir todos los derechos y reclamaciones, aun los de la población nativa. Así que, por 200.000 dólares adicionales agregó al Tratado una cláusula que, en realidad, era una garantía de propiedad que protegía a los Estados Unidos contra cualquier otro que reclamara la tierra.

Sin embargo, los demandantes nativos alegan que el propósito de aquella garantía era proteger a los Estados Unidos de cualesquier reclamaciones de la Compañía Rusoamericana, y no de reclamaciones por nativos residentes.

En apoyo adicional a sus reclamaciones, los grupos nativos señalan al Artículo Tres del tratado de cesión, que declara: “Las tribus no civilizadas estarán sujetas a las leyes y disposiciones reglamentarias que los Estados Unidos adopten de vez en cuando en cuanto a los derechos aborígenes de ese país.”

Varios tribunales han dado la interpretación de que estos “derechos aborígenes” incluyen derechos de propiedad, como en el caso de United States vs Berrigan (1905): “Las tribus no civilizadas de Alaska son guardas del gobierno. Los Estados Unidos tienen el derecho, y el deber, de proteger los derechos de propiedad de sus guardas indios.”

Actos subsecuentes del Congreso han continuado protegiendo a la población nativa hasta cierto grado, en lo que ha tocado al uso y ocupación de las tierras. Pero el Congreso siempre ha evitado la cuestión de extender título de propiedad en cuanto a tales tierras. Ahora los grupos nativos están exigiendo título de propiedad o compensación justa.

La posición del Estado

El Estado de Alaska no ve ningún precedente en los tratos con las tribus indias de los cuarenta y ocho estados al sur. Esas naciones indias recibieron títulos de sus tierras por tratado después de numerosas guerras. Así pues, su tenencia de las tierras quedó establecida, y pudieron desarrollar y utilizar aquellas tierras como desearon. Sin embargo, en Alaska la situación es diferente, según alegan algunos. Jamás se hicieron tratados con la población nativa, en gran parte porque había poca hostilidad y también porque el Congreso abolió el hacer tratados con los indios en 1871.

Por lo tanto, muchos opinan que la cuestión es de moralidad más bien que de ley. Muchos de los que están envueltos en las funciones del Estado opinan que la población nativa debe recibir compensación, aunque no al grado cabal que reclaman. Moralmente, se cree que no se les debe quitar su “hogar” sin compensación razonable.

Las propuestas en cuanto al reembolso para los nativos varían. Algunos favorecen el pagar cinco centavos de dólar por hectárea tomando como base el precio de venta de la tierra en 1867. Otros están a favor de dar a los nativos títulos de propiedad de la tierra que necesiten para mantenerse. Sin embargo, hay muchas cuestiones que se tienen que aclarar y zanjar.

La “congelación de tierras”

Por unos veinticinco años el Ministerio de la Gobernación ha tenido en sus libros reclamaciones de tierras por nativos de Alaska. Sin embargo, la mayoría de éstas se han estado archivando desde 1965, durante un período cuando se han efectuado importantes descubrimientos minerales. Estas reclamaciones envuelven de 85 a 90 por ciento del área terrestre total del Estado. ¡Imagínese la situación si el 90 por ciento del área de los 48 estados al sur fuese reclamada por grupos indios!

En el pasado, el Estado no consideraba una reclamación nativa de propiedad como un factor serio cuando determinaba la tenencia. Pero en años recientes los demandantes nativos han adquirido consejo jurídico más competente. Sus reclamaciones, aunque no han cambiado en cuanto a su validez, no se desechan tan fácilmente como en el pasado. Y el tema ha recibido tanta publicidad que, si se descartaran, podría haber una reacción en cadena de proporciones serias. Aun en las recientes elecciones estatales los candidatos dijeron muy poco en cuanto a las reclamaciones de tierra debido a que es un tema muy polemístico.

El Ministerio de la Gobernación de los Estados Unidos, actuando por medio del Departamento de Administración de Tierras, prestó poca atención a las reclamaciones de los nativos mientras todavía eran pocas. Aunque no se hicieron disposiciones de las tierras en cuestión, se concedieron escrituras de arrendamiento para petróleo y gas. Sin embargo, recientemente el secretario de la gobernación ha decidido que estas reclamaciones de tierra, prescindiendo de lo indefinidas que sean algunas de ellas, sí ponen en tela de juicio la disponibilidad de derechos de superficie y minerales de tales tierras. El resultado ha sido la muy mencionada “congelación de tierras.”

El Acta de la Existencia y Reconocimiento como Estado (1959) por el Congreso dio a Alaska la opción de seleccionar 42.493.500 hectáreas de tierras federales dentro de Alaska antes de que expirara un período de veinticinco años. Normalmente, después que el Estado escoge las zonas, el Departamento de Administración de Tierras efectúa una investigación y, si no hay duda alguna, concede aprobación tentativa al Estado para que las adquiera. Más tarde, al Estado hay que concederle una patente para hacer documental la adquisición de la tierra; aunque en el ínterin el Estado asume tener título de propiedad cuando se recibe la aprobación tentativa.

Sin embargo, durante más o menos el año que acaba de pasar, ese Departamento se ha abstenido de conceder aprobación tentativa de selecciones si hay envuelta alguna reclamación nativa. Mientras tanto, al Estado ahora solo le quedan diecisiete años en los cuales completar sus selecciones. Si las reclamaciones nativas no se resuelven en el futuro cercano y se obstaculiza la selección de tierras del Estado, entonces el Estado no podrá seguir concediendo arrendamientos para gas y petróleo. Una de las mayores fuentes de ingresos de Alaska sería afectada adversamente.

Para anticiparse a tales consecuencias, el Estado de Alaska ha entablado juicio contra el secretario de la gobernación, pidiendo una prohibición judicial para impedir que su departamento estorbe la selección de tierras por el Estado, y así estorbe el crecimiento y desarrollo de Alaska.

Incertidumbre sobre el futuro

Los demandantes nativos y el Estado de Alaska, a pesar de sus diferencias, quieren lo mismo... el desarrollo de los recursos de Alaska. Ambos partidos concuerdan en que la cuestión debe zanjarse pronto. El Estado opina que solo el Congreso tiene autoridad para especificar los principios morales que legalizarían las reclamaciones de los nativos. De modo que la espera continúa.

El Comité del Campo Federal para el Desarrollo de la Planificación de Alaska hizo la más reciente proposición para zanjar la cuestión. Mediante sus términos (1) se concederían 100 millones de dólares del Tesoro de los EE. UU. a una nueva corporación que poseyeran los nativos de Alaska; (2) a tal corporación de nativos se le concedería el 10 por ciento de todos los ingresos del arrendamiento o venta de minerales de préstamos federales por diez años por ceder su derecho a la tierra; (3) los nativos recibirían de 1.200.000 a 1.600.000 hectáreas de tierra para su propio uso; y (4) se suministraría protección a los nativos para su subsistencia de la caza y la pesca.

Aun si se llega a un acuerdo mediante algún compromiso, todavía habrá muchos problemas pidiendo solución. Por ejemplo, los líderes nativos han propuesto que la compensación o distribución de tierras se haga sobre una base individual más bien que sobre una base tribual. Si se aplica individualmente, quizás se necesiten años de sesiones jurídicas para determinar quién tendría el derecho a un pedazo de tierra o a una concesión monetaria. Los tribunales también tendrían que resolver la cuestión en cuanto a si los que solo en parte son de sangre nativa serían elegibles o no.

Los habitantes de Alaska están esperando ansiosamente que se zanje esta cuestión importante que envuelve la tenencia de la tierra.

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